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mayo  4, 2024

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Particularidades del silencio administrativo en el Perú

Por Olivia Blanca Capcha Reymundo


“La emisión del acto administrativo dentro de un plazo razonable es una obligación de la Administración. Sin embargo cuando exista una demora que exceda el citado plazo, la consecuencia es la configuración del silencio administrativo. De este modo, se constituye una ficción legal para que el particular no se vea perjudicado por la inactividad de la Administración. El silencio administrativo siempre debe interpretarse a favor del particular. No hacerlo implicaría premiar a la Administración por su inactividad formal y vulnerar el derecho de petición. El silencio administrativo puede ser negativo o positivo. En este sentido, la normativa determinará en qué casos se aplica cada tipo de silencio. No obstante, de acuerdo a la regla, el silencio debe entenderse como negativo, pues solo por una disposición legal expresa, este se considerará como positivo.” 

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Términos mencionados en esta doctrina: silencio, administrativo, administración, particular, positivo, configuración, constituye, negativo.

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